Lacomparecencia del artículo 670.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil como momento de inicio del cómputo del plazo para el ejercicio del retracto de inmueble arrendado ejecutado en pública subasta y el derecho del retrayente a no verse perjudicado por el retraso en dictar el decreto de adjudicación del inmueble adjudicado como expresión del derecho a
Artículo668. Contenido del anuncio y publicidad de la subasta. 1. El contenido del anuncio de la subasta y su publicidad se realizará con arreglo a lo previsto en el artículo 646. 2. En el Portal de Subastas se incorporará, de manera separada para cada una de ellas, el edicto que expresará, además de los datos indicados en el artículo LE0000699346_20210903Número 4 del artículo 783 redactado por el apartado veinticinco del artículo cuarto de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica («B.O.E.» 3 junio).Vigencia: 3 septiembre 2021 Yen apoyo de esta tesis hace un “buceo” en la derogada Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, e incide en la actual, de 2000, su art. 670.7 LEC, cuando en esta última redacción y siendo que en el apartado 8 de este último precepto, añadido por la Ley 13/2009, se incorpora la obligación procesal de dictar el decreto de adjudicaciónDespuésde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2.023, de 28 de junio, el recurso de casación civil queda configurado de la siguiente forma: La norma ha entrado en vigor el 29 de julio de 2.023 (D.F. 9ª), regulándose un régimen transitorio al que haremos mención más adelante. Resoluciones recurribles, (art. 477.1 LEC) – []
. 367 31 258 27 274 320 330 86